en la que elegiremos el nuevo Parlamento Vasco.

domingo, 4 de diciembre de 2011

¿Por qué indultamos?

publico.es/manel


En 1994 el Santander adquirió Banesto y Emilio Botín escogió a Alfredo Sáenz como Presidente. Ese mismo año Banesto presentó una querella por estafa y alzamiento de bienes contra cuatro empresarios a los que reclamaba 3,6 millones de euros. La querella fue admitida a trámite por el juez Estevill, que dictó medidas de prisión provisional contra los acusados, que serían finalmente absueltos.
En 1996 Estevill fue condenado por el Supremo por estos hechos, como autor de un delito de prevaricación y detención ilegal. Pero los empresarios no se conformaron y tras una larga pelea judicial consiguieron que en 2009 la Audiencia Provincial de Barcelona condenara también a Sáenz y a los otros dos firmantes de la querella como responsables de un delito de acusación y denuncia falsa. 

Según la Audiencia, los condenados “tenían conocimiento de que los hechos imputados (a los empresarios) no eran ciertos” y actuaron de esa manera como "medida de presión" contra los industriales. La querella "obedeció al único propósito de recuperar unos créditos, de la forma que fuere, sin empacho alguno en formularla contra personas físicas que nada debían”. Sáenz fue condenado a 6 meses de arresto y una multa de 9.000 euros. La sentencia fue recurrida y el Supremo confirmó la condena aunque rebajó la pena a 3 meses de arresto y multa de 400 euros.

El problema es que Alfredo Sáenz es el actual consejero delegado del Santander así que la sentencia, que incluía también una pena accesoria de inhabilitación profesional, le obligaba a abandonar su puesto. Pero hace un par de días el Gobierno resolvió la cuestión otorgando un indulto parcial que conmuta las penas de arresto e inhabilitación por una multa.

La indignada reacción de una parte de la opinión pública es comprensible: los políticos indultan a un banquero al que habían condenado los jueces. 

Y la verdad es que es difícil explicarse lo que ha pasado. El derecho de gracia ha sido siempre un poder ejercido por el soberano que tenía el derecho de castigar. En muchas épocas ha sido una señal más de la arbitrariedad del poder de los monarcas. Pero también ha sido un signo de clemencia y en los últimos siglos, cuando se abrió paso la nueva concepción “ilustrada” de las penas, el indulto aparecía como la única salida posible frente a la pena capital, un castigo discutido, terrible e irreparable.

Pero en las democracias actuales, siendo las penas consecuencia de la aplicación de unas leyes aprobadas por los representantes de los ciudadanos y cuando ya no hay castigos irreparables, ¿qué sentido tiene el indulto? Conviene recordar que no se trata de corregir errores de los jueces; para eso están los recursos. De hecho, el indulto sólo puede solicitarse si ha recaído sentencia firme, es decir, cuando todos los recursos han fracasado.

Sólo queda, entonces, la finalidad de corregir los errores de la ley. En tal caso ¿el Gobierno indulta, discretamente y sin motivación, para desactivar una ley penal que no se ha atrevido a reformar públicamente en el Parlamento? Algo así sucede de hecho en España. Buena parte de los indultos se otorgan en relación con delitos contra la salud pública (drogas), para los que las penas previstas por nuestro código son espectacularmente duras. Nuestro Código Penal dice que el juez “acudirá al Gobierno exponiendo lo conveniente sobre la derogación o modificación del precepto o la concesión de indulto, sin perjuicio de ejecutar desde luego la sentencia, cuando de la rigurosa aplicación de las disposiciones de la Ley resulte penada una acción u omisión que, a juicio del Juez o Tribunal, no debiera serlo, o cuando la pena sea notablemente excesiva”.

Si se trata de esto, quizá el indulto siga teniendo sentido. Pero el proceso debería reajustarse. La vigente ley de 1870 tiene lagunas y permite al Gobierno indultar sin explicaciones y contra el parecer del tribunal que ha impuesto la condena (como ha sucedido en este caso) ¿Por qué ha indultado el Gobierno a Alfredo Sáenz? ¿Es excesiva la pena por el delito cometido? Me parece muy difícil sostener eso en este caso, y por eso he detallado los antecedentes.

Quizá en realidad se trata de algo muy diferente. Han pasado 17 años desde los hechos y la pena es casi irrelevante. Pero la inhabilitación podría desestabilizar el banco más importante del país en un momento delicado. Nadie en el PP ha levantado la voz, así que parece que gobierno y oposición están de acuerdo. Es posible que estemos haciendo algo parecido a eso que tanto nos gusta criticar en los americanos: usar las penas de un modo flexible con respecto al principio de legalidad con la vista puesta en otros objetivos. Es lo que sucede cuando un fiscal de los EEUU negocia una inmunidad con alguien que puede ayudarle a cazar un pez más gordo. Si se trata de esto quizá el gobierno podría haberme convencido, aunque no lo creo. Me habría gustado que lo hubiera intentado. De momento, mientras los indultos sigan siendo inmotivados, sólo nos queda especular.